A partir del período devengado marzo -con vencimiento en abril/2016- se modifican:
-
el monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y
-
los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.
Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales.
Nuevos Valores
1. Trabajadores autónomos:
Conceptos
|
Bases Imponibles Máximas
Desde 01/03/2016
|
Aportes al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones. (*)
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificaciones.
|
$ 56.057,93
|
Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557 y sus modificaciones.
|
(**)
|
Contribuciones al:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones.
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Nº 19.032 y sus modificaciones.
Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.
Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificaciones.
Fondo Nacional de Empleo, Ley Nº 24.013 y sus modificaciones.
Régimen de Asignaciones Familiares, Ley Nº 24.714 y sus modificaciones.
|
Sin Límite Máximo
|
(*)En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes Nº 24.016, Nº 24.018, Nº 22.731 y Nº 22.929 y los Decretos Nº 137/05 y Nº 160/05, el cálculo de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se efectuará sin considerar el límite máximo para su base imponible.
(**)Cuando al 01/09/2014 se hubiera cumplido el año de vigencia de alícuota con la ART o cuando a partir de la fecha señalada hubiera suscripto un nuevo contrato de afiliación con una aseguradora, deberán consignarse:
- El total de las remuneraciones sin tope alguno; y
- Todo concepto No remunerativo de carácter habitual y regular, quedando excluidos de tal procedimiento aquellos conceptos NO remunerativos abonados en forma Excepcional (ej. indemnizaciones derivadas de desvinculaciones).
|
Según lo dispuesto por la resolución 3689 de la AFIP, los sujetos inscriptos e
Blanqueo: auditores y síndicos deberán informar estas operaciones como sospech
Buscan por ley extender las licencias por maternidad y paternidad
Entre el lunes y martes, dos de las principales líneas de fletes marítimos que